La norma básica del Sector gasista es la Ley 34/1998, de 7 de octubre del Sector de Hidrocarburos, con las diversas modificaciones que se hna ido introduciendo con el objetivo, entre otros, de trasponer las diferentes Directivas Europeas de aplicación (1988/30/CE;23/54/CE;2009/73/CE). En esta Ley del Sector de Hidrocarburos se describe el régimen de actividades del sector gasista y las diferentes infraestructuras que lo componen.
El desarrollo de dicha norma, el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y los procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.
El Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, regula por su parte el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y establece un sistema económico integrado del sector de gas natural.
La normativa técnica de construcción y mantenimiento de redes que resulta de aplicación es el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias, así como la Orden de 18 de noviembre de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos en lo que no contradiga a aquél.
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